El pagaré es el que indica que debe haber un cierre formal de lo que se debe, estableciendo un tiempo indicado y cláusulas de demandas del que lo emite hacia el que debe hacerlo.
Tipos de notas
Pagaré notario
Este tipo de pagaré contiene características que se establecen a través de un abogado, por lo tanto, está respaldado por un derecho legal que no puede ser revocado a menos que haya un acuerdo específico.
Billete de banco
Es ese pagaré emitido y firmado por un banco y entregado en una chequera por un individuo llamado suscriptor.
Pagaré sin vencimiento
Este tipo de pagaré no indica una fecha de vencimiento completamente establecida, por lo que su nombre se denomina: & # 39; pagaré vencido & # 39 ;.
Pagaré hipoteca
Es un tipo de pagaré bancario en el que la entidad recauda los intereses del garante. Regularmente, la garantía es una propiedad o algo material que se devolverá cuando se pague la deuda.
Pagaré simple
Este tipo de pagaré es el que solo contiene la firma del deudor, también se denomina pagaré de firma única.
Compromiso de Garantía de Compromiso
En este pagaré se establece que en caso de incumplimiento del deudor en relación con el dinero, tendrá que responder con algún activo material y físico, como ropa, automóvil, casa u otra propiedad que tenga un valor equivalente a lo que se debe.
Nota de Vista
Es el que se realiza al mismo tiempo que se realiza el pago, de esta manera es visible tanto para el deudor como para el garante.
Nota auténtica o notarial
Es uno que está respaldado por una entidad legal o notarial. Este tipo de pagaré se rige por cláusulas con aprobación autorizada que indican cuáles son las condiciones y requisitos del tratamiento, es decir, está legal y legítimamente establecido.
Nota comercial
Son aquellos firmados por una entidad comercial independientemente de su naturaleza. Son muy formales y generalmente están marcados o salados con el logotipo comercial representativo.
Nota mixta
Es el que establece el pago de la deuda reemplazada por cualquier otro activo material. Generalmente se reemplaza con hipotecas o joyas valiosas que reemplazan el precio de la deuda respectiva.
Pagaré con descuento
Es un pagaré que más que verificar, garantiza la veracidad del tratamiento y establece límites que deben ser establecidos y por lo tanto cumplidos por el deudor. El propósito de este tipo de pagaré es agregar firmeza y seguridad a lo que ha sido acordado por la entidad, compañía o persona que trata a un individuo con un tipo de negocio o trato.
Nota de garantía hipotecaria
En caso de cumplimiento de la fecha de vencimiento estipulada, el deudor deberá poner a disposición el título de una vivienda, esto garantiza un pago seguro por parte del deudor, de lo contrario, la vivienda será incautada y como garantía del pago pendiente.
Pagaré a los cruzados
Estos solo se recopilan y legitiman a través de una suscripción a lo que es una cuenta cuando el individuo es cliente de un determinado banco.
Pagaré de Empresas o al Pedido
Es uno de los documentos más simples donde se establece la prueba de un compromiso que se ha llevado a cabo y esto demuestra la solidez del tratamiento o compromiso establecido por un deudor y el propietario.
Notas nominales
El pagaré nominal no contiene exactamente una cláusula a la orden. Este tipo de operación es igual o muy similar a la de los pagarés a la vista.
Pagaré sin plazo
Son aquellos que, aunque indican una deuda pendiente, no expresan exactamente cuándo debe pagarse, es decir, no contienen la fecha de vencimiento del contrato.
Pagaré a tiempo
Ellos son los que indican una fecha de vencimiento de pago, este es uno de los pagarés más exigentes que existen, ya que el plazo se establece y generalmente por cláusulas legales que pueden traer al deudor como consecuencia si no cumple con dichos requisitos.
Pagaré de garantía personal
En caso de incumplimiento del deudor, una persona adicional acepta responder a la deuda. Este tipo de pagaré se denomina garantía personal.
Pagaré días fijos
Esto indica el día fijo en que se debe pagar o pagar la deuda. Indica el día exacto sin extensiones ni anticipos ni demoras. Contiene el día marcado en el pagaré, el deudor debe ser el preciso para liquidar la deuda respectiva.